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BENEFICIOS DEL SEGURO SOCIAL CUANDO ALGUIEN FALLECE

BENEFICIOS DEL SEGURO SOCIAL CUANDO ALGUIEN FALLECE

Muchas veces, la muerte de un ser querido ocurre cuando él o ella ha alcanzado una edad avanzada, una edad en la que el Seguro Social, Medicare y Medicaid son parte de la estructura financiera de su patrimonio. Como parte de la planificación del funeral y el proceso de disolución del patrimonio, deberá notificar a las autoridades correspondientes. En algunos casos, también podría ser elegible para beneficios y otros servicios que pueden brindar apoyo durante este momento difícil.

Seguro Social

Es su responsabilidad asegurarse de que se notifique a la Seguridad Social tan pronto como sea posible después de la muerte de un ser querido. En muchos casos, el director de la funeraria lo alertará sobre este hecho o le ofrecerá ponerse en contacto con la Seguridad Social en su nombre … Simplemente deberá dar su autorización y asegurarse de que el director tenga el número de seguridad social correcto para hacer el informe. Pueden transcurrir algunas semanas o incluso meses antes de que la muerte se procese con la Seguridad Social, por lo que si recibe cheques o depósitos directos, asegúrese de no tocar el dinero, ya que se le pedirá que los devuelva. Aunque la muerte necesariamente detiene los pagos mensuales de la Seguridad Social que respaldaron a su ser querido durante su vida, otros tipos de beneficios de la Seguridad Social en realidad comienzan la muerte. Por ejemplo, se ofrece un pago único de $255 al cónyuge o hijo del difunto por los costos del funeral. También podría ser elegible para recibir beneficios mensuales hasta la mitad del monto original de la Seguridad Social. Estos fondos generalmente se ofrecen para:

El cónyuge sobreviviente, si es mayor de 60 años
El cónyuge sobreviviente, si él o ella es mayor de 50 años e incapacitado
El cónyuge sobreviviente, si está cuidando al hijo del fallecido menor de 16 años (o incapacitado)
Niños sobrevivientes menores de 18 años
Niños sobrevivientes que tienen una discapacidad (siempre y cuando comience antes de los 22 años)
Los padres del difunto, si son mayores de 62 años y dependían del difunto por al menos la mitad de su manutención.

También se le puede pedir que muestre una prueba documental de su necesidad de los beneficios por muerte del Seguro Social, hasta e incluyendo:

Una copia de su certificado de nacimiento u otra prueba de nacimiento
Papeles de naturalización • Papeles de descarga militar de EE. UU.
Formularios W-2 y / o declaraciones de impuestos del trabajo por cuenta propia del año anterior Para obtener más información, visite la Administración del Seguro Social en http://www.ssa.gov/pubs/10008.html

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